4 resultados para INCONTINENCIA URINARIA MIXTA

em Repositorio Institucional de la Universidad de El Salvador


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Se realizó un análisis administrativo para mejorar la calidad de los servicios públicos de la Unidad del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Miguel, Departamento de San Miguel, 2015. Se elaboró un diagnóstico administrativo que permitió identificar los principales problemas que dificultan la calidad en el desarrollo de los servicios que ofrece la Unidad del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Miguel. Se elaboraron métodos de evaluación de desempeño del personal que permitieron determinar si cumplen con las necesidades y expectativas de los usuarios de los servicios públicos de la Unidad del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Miguel. Por último, se elaboró un plan de estrategias para mejorar el desempeño laboral y la calidad de vida de los empleados de la Unidad del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Miguel. La investigación se realizó bajo una metodología mixta o cualicuantitativa para recolectar, analizar y vincular datos cuantitativos y cualitativos. A través de los resultados obtenidos se conoció que la unidad sí evalúa al personal, pero se constató que los métodos utilizados no garantizan poder determinar el cumplimiento de las satisfacciones y expectativas de los usuarios; Las estrategias implementadas en la Unidad son de forma empírica, es decir, no se encuentran documentadas. Se concluye que se determinó la necesidad de la realización de un análisis administrativo que permita conocer los principales problemas que dificultan alcanzar la calidad de los servicios públicos, de igual forma, se determinó que la Unidad cuenta con métodos de evaluación de desempeño, pero tales instrumentos no garantizan conocer cuáles es la potencialidad del personal; asimismo, se identificó la ausencia de estrategias administrativas, las cuales son necesarias para ayudar a generar herramientas para mejorar la calidad de los servicios públicos, así también, la Unidad recibe capacitaciones para el personal por parte del Departamento de Recursos Humanos, sin embargo, éstas capacitaciones son impartidas anualmente y cuando el departamento antes mencionado está en la disposición.

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El Estado requiere generar recursos que le permitan su desarrollo y cumplimiento de objetivos, los cuales obtiene por medio de ingresos tributarios y no tributarios, por lo que ha conferido a la Administración Tributaria facultades que permitan cumplir con esta función, dentro de estas facultades se encuentra la de determinación de la obligación tributaria. Es mediante la facultad de determinación que la Administración Tributaria puede establecer la obligación fiscal de los sujetos pasivos, la cual podrá determinarla de manera cierta, mediante la de elementos que le permitan conocer en forma cierta el hecho imponible y la cuantía del tributo, otra forma de determinación que la ley faculta es sobre base presunta ante la imposibilidad de conocer directamente el hecho imponible y su cuantía, únicamente cuando no es posible la determinación en forma cierta se recurre a determinar sobre base presunta, mediante indicios o hechos ciertos que por tener conexión o vinculación con el hecho imponible , hacen presumir la existencia de hechos que probablemente sean ciertos y que implican el establecimiento de deuda tributaria al sujeto pasivo. Además se podrá realizar la determinación sobre base mixta, es decir sobre base cierta y en parte sobre base presunta, utilizando en parte la información, documentación y registros del contribuyente y rechazarla en otra. Las presunciones en materia tributaria se encuentran legisladas en el Código Tributario en el artículo 189 que establece que cuando no sea posible por cualquier circunstancia determinar el tributo o la obligación fiscal con conocimiento cierto de la materia imponible, se estimará en función de los elementos conocidos que permitan presumir la existencia y magnitud de la base imponible y de las obligaciones tributarias respectivas. En dicha disposición se establece la posibilidad de utilizar indicios, cuando no sea posible determinar la cuantía o el monto de la obligación tributaria de un sujeto pasivo de forma cierta, este mecanismo admite prueba en contrario, la carga de la prueba recae en el contribuyente, quien tiene que probar ante el Fisco que no debe ningún tipo de tributo. El objetivo de este trabajo es servir como guía práctica y preventiva para que los sujetos pasivos conozcan sobre la determinación impositiva sobre base presunta, se pretende ilustrar la manera en que se determinan las obligaciones sustantivas totales o complementarias, mediante el diseño de diversos casos prácticos que ilustren los procedimientos que la Administración Tributaria podría aplicar, así prevenir a los sujetos pasivos a que no incurran en incumplimientos de sus obligaciones tributarias que posiblemente les conlleve a una determinación por dicha vía. Para el desarrollo de este trabajo se ha considerado casos hipotéticos, aplicando el procedimiento establecido en el Código Tributario a registros y operaciones que se pueden realizar dentro de las empresas las cuales conlleven a la determinación impositiva por vía presunta, también se entrevistó a una persona con mucha experiencia del Ministerio de Hacienda a quien se le realizó una serie de preguntas claves, las respuestas obtenidas han contribuido a complementar la investigación y a comprender mejor el tema, además de conocer un poco de cómo funciona en la práctica este procedimiento. Al finalizar esta investigación se concluye que el principal beneficiado al desarrollar los casos prácticos es el sujeto pasivo, ya que mediante los ejemplos que se plantean puede conocer el procedimiento que se les podría aplicar cuando se realiza la determinación impositiva sobre base presunta, si bien los casos planteados son hipotéticos y no coincidan exactamente con la situación en particular del sujeto pasivo, dará una noción del procedimiento que se realizará.

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Se identificó cuáles son los Derechos contemplados en instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, que el Estado de El Salvador por medio del Código de Familia les vulnera a los adolescentes al autorizar el matrimonio a edades prematura. Este objetivo se ha logrado realizando un análisis de los derechos de los adolescentes, debido que en muchas situaciones al permitirse el matrimonio entre adolescentes se vulneran derechos. Se estableció el impacto jurídico que tiene el matrimonio entre adolescentes a la luz de los Convenios sobre Derechos Humanos ratificados por El Salvador mediante las entrevistas no estructuradas cuando las unidades de análisis hacen referencia que los adolescentes que contraen matrimonio se ven limitados en su realización personal tal como lo regula el artículo 32 de la LEPINA y, por último, se explicó jurídicamente las consecuencias acerca de la no orientación sexual adecuada hacia los adolescentes por parte de las autoridades competentes. Metodología: para el desarrollo de la investigación se utilizaron el método científico, de análisis, de síntesis, estadístico y comparativo interpretativo. Conclusión: Al concluir la investigación se establece que el matrimonio es una institución y que goza del reconocimiento del estado de El Salvador, dentro de las teorías doctrinarias que existen, la que mejor se apega a la legislación salvadoreña es la teoría mixta que como ideas fundamentales de ella concibe al matrimonio como un acuerdo de voluntades; esto vendría hacer dentro de la legislación salvadoreña un matrimonio como acto en primer lugar se refiere a la unión legal de un hombre y una mujer, en segundo lugar la permanencia en el tiempo se toma como una institución y que al permitir el matrimonio entre adolescentes se vulneran los derechos consagrados en tratados internacionales algunos de ellos mencionados a continuación, el derecho a la educación art. 28, derecho a estar protegidos de todas las formas de violencia física y mental, lesión o abuso incluido el abuso sexual art. 19, derecho a disfrutar el nivel más alto de salud posible art. 24 , derecho a procurar recibir e impartir información e ideas art.13, el derecho a no ser separados contra su voluntad de sus progenitores art 9, entre otros, todos de la CDN, y el derecho a la igualdad entre los adolescentes art. 10, el derecho a la no discriminación contra las mujeres en todas las materias relativas al matrimonio y todas las relaciones familiares art. 16 inc. Final artículos antes relacionados de la CEDAW, derecho a la igualdad art. 6, entre otros de la Belém do pará.